Derechos Humanos - Resumen Final

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Concepto de Derecho
El concepto de derecho hace referencia a una facultad, permiso, posibilidad o atribución de una persona con respecto a la conducta de otra. El derecho es el conjunto de normas, obligatorias que regulan la vida del hombre en sociedad y conforman un sistema. Existen 3 tipos de normas:
Normas Sociales: Son producto de convenciones o costumbres de tipo social
Normas morales: Responden a valores o principios morales.
Normas Jurídicas: Forman parte del ordenamiento legal de un estado.
Las normas sociales regulan el trato social mientras que las morales son reglas de conducta que respetan valores éticos y están dirigidos, en principio, hacia lo íntimo de la conducta human. Por ultimo las normas jurídicas, por su parte, son el conjunto de reglas dictadas por una autoridad estatal.
Derecho Objetivo y Subjetivo
Derecho Objetivo: Las normas que contiene la CN, el código civil, el código de comercio, la ley de riesgo laborales, ley del derecho de consumidor, la ley de transito. Son cuerpos normativos que regulan relaciones jurídicas y conductas. Hace referencia al concepto de derecho mencionado anteriormente.
Derecho Subjetivo: Son las posibilidades, atribuciones, permisos o facultades que tienen las personas de hacer o no hacer algo determinado (sin afectar el derecho de terceros)
Derecho Positivo y Natural
Derecho Natural: Dicen que por encima de las normas dictadas por los hombres hay un conjunto de principios morales universalmente validos e inmutables. Establecen criterios de justicia y derecho fundamentalista que son inertes a la naturaleza humana y las normas dictadas por los legisladores no deben contradecir a este derecho natural.
Derecho Positivo: Es el derecho escrito en un contexto histórico preciso que parte del Estado y se encuentra vigente en un momento y lugar dados. Este solo acepta la existencia del derecho positivo. (No acepta la existencia de lo natural)
Fuentes del Derecho
Ley: En el sistema jurídico argentino la ley es la fuente del derecho más importante. El termino Ley tiene dos sentidos un sentido restringido, que se refiere solo a las normas jurídicas sancionadas por el congreso o poder legislativo. En el en sentido amplio, que incluye también las normas jurídicas dictadas por cualquier otra autoridad competente.
Jurisprudencia: Se denomina así a las sentencias de los jueces y tribunales de justicia. El juez debe dictar una sentencia que resuelva el conflicto planteado entre dos o más personas. Tienen en cuenta la opinión doctrinaria y consultan las sentencias anteriores dictadas por otros jueces en casos similares.
Costumbre: Llamamos costumbres a la repetición de una conducta cuando en una sociedad durante mucho tiempo sus integrantes participaron en forma constante, y siempre de la misma manera una conducta determinada, y consideran que hacerlo así es obligatorio (Aunque no exista ley alguna).
Doctrina: Los estudiosos del derecho, conocidos como doctrinarios investigan, estudian y opinan sobre el alcance de las leyes. El conjunto de opiniones de estos juristas se denomina doctrina. No es de carácter obligatorio pero influye en los jueces por su calidad y seriedad.
Equidad: No es una fuente natural del derecho, es una técnica de aplicación de la ley o situaciones especiales. La equidad a diferencia de la justicia, toma en cuenta el sentido humano que debe tener el derecho.
Convenciones entre particulares: Son los acuerdos firmados entre individuos o sociedad. El código civil establece que las partes que acuerdan esta convivencia deben sostenerse a ellas como a la “ley” misma.
Orden Jerárquico Nacional de las Leyes
   1. Constitución nacional y tratados internacionales con jerarquía constitucional
   2. Tratados y Contratos internacionales.
   3. Leyes Nacionales
   4. Decretos del Poder Ejecutivo
   5. Constituciones y Leyes Provinciales
   6. Sentencias Judiciales y resoluciones administrativas
   7. Contratos entre particulares.
Concepto de Ciudadanía
Es el conjunto de Derechos, Obligaciones y responsabilidades que tienen las personas en el marco de una comunidad determinada. Jurídicamente la ciudadanía es un título que sirve para reconocer la pertenencia de una persona a un Estado y su capacidad como miembro activo de este.
Evolución del Concepto de Ciudadanía
En la antigüedad griega los ciudadanos eran los habitantes libres de la polis mayores de 20 años. Eran aquellos que tenían la posibilidad de participar en la vida política. Los ciudadanos se diferenciaban así de las mujeres, de los prisioneros de guerra y de los esclavos.
Durante la Edad Media, el poder político era ejercido por los señores feudales y establecían acuerdos con el vasallaje. Estos recibían protección pero carecían de de derechos políticos.
La aparición del Estado moderno significó un cambio sustancial de las relaciones políticas. Luego de una serie de revoluciones políticas burguesas, permitieron ampliar la representación mediante parlamentos. En la actualidad el concepto de ciudadano involucra la consagración de todos los derechos humanos, los civiles; políticos; y los económicos, sociales y culturales.
Revoluciones Burguesas
Revolución Inglesa
La revolución tuvo lugar en Inglaterra en 1688, el rey de Inglaterra, había disuelto el parlamento e instaurado un gobierno absolutista. Este conflicto desencadenó en una guerra civil. Los campesinos y la aristocracia apoyaban al rey, y la pequeña nobleza, los artesanos, los comerciantes y los ciudadanos defendían al parlamento. El rey fue vencido, procesado y condenado a muerte. Se instauro entonces un protectorado parlamentario.
Independencia de Estados Unidos
En 1776 estalló la guerra entre Inglaterra y sus colonias en América del Norte. Luego de una serie de batallas en territorios americanos lideradas por Washington, las colonias formalizaron su independencia en 1787 luego de la sanción de una constitución. El proceso de independencia de los Estados Unidos implicó la consagración de los Derecho Civiles y el acceso de algunos ciudadanos al derecho políticos por medio de un ordenamiento jurídico: una constitución. Planteó también una relación entre el estado y la sociedad de innegable influencia en los movimientos de independencia y en las formas de organización del resto de las colonias americanas.
Revolución Francesa
La revolución francesa se produjo durante el reinado de Luís XVI. En 1788 en medio de una severa crisis financiera convocó a una reunión de los Estados Generales. El tercer Estado compuesto por burgueses campesinos y artesanos, los más perjudicados le exigieron la reunión de una Asamblea Nacional, en los cuales todos los representantes deliberaron y tomaron decisiones en conjunto. El rey entonces, envió un ejército a la ciudad y estalló una guerra civil.
En 1789, la Asamblea de los Estados Generales a aprobó la declaración de los derechos y deberes del ciudadano y del hombre. La declaración, establecía que “todos los hombres nacen libres e iguales” y consagraba los derechos a la libertad, a la seguridad y a la resistencia a la opresión.
Liberalismo
El liberalismo político surgió a fines del siglo XVII en Inglaterra con el pensador John Locke y con la Revolución Gloriosa de 1688 que limito los poderes del rey y durante el siglo XVIII en Francia con la Revolución Francesa en busca de libertad, soberanía e igualdad. Adquirió verdadero peso político durante el siglo XIX con la organización de partidos liberales y de revoluciones en distintos países europeos e independencias americanas.
El liberalismo fue revolucionario hasta que se consolido en el sistema democrático, la última revolución liberal fue la rusa en 1905.
La democracia liberal nació de una concepción individualista de la sociedad, es decir según la cual la sociedad política es producto de los individuos, estos que son libres e iguales se ponen de acuerdo para tener un gobierno que garantice la vida, la libertad y la propiedad de ellos. La libertad debe ser tal que el Estado debe reducir sus funciones al mínimo y dejar librado en los individuos el desenvolvimiento social y económico.
Antes el liberalismo hablaba de igualitarismo, de libertad, del derecho a la propiedad y de democracia, pensando que la burguesía encarnaba al pueblo o la nación. Por eso no se preocupaban por los desposeídos es decir los que no eran como ellos.
Con la crisis económica mundial de 1929 esta concepción de Estado mínimo dejo de tener vigencia porque el estado se tenia que ocupar de los que tenían hambre, darles empleo y proveerlos de hospitales, entonces comenzó así la democracia social.
El liberalismo fue aplicado en numerosos países de distintos modos. Hubo y hay partidos liberales que usan o no el nombre, y otros que lo usan y en realidad no lo son, pero lo que tienen en común es el apoyo al capitalismo como sistema económico.
El liberalismo cuya ideología esta difundida en todos los países de economía capitalista no esta mal visto por las democracias contemporáneas. Los principales difusores de esta doctrina son los grandes empresarios.
Socialismo
Como respuesta a la explotación sufrida por los trabajadores desde el comienzo de la revolución industrial, hubo distintos pensadores que buscaron soluciones para tratar de mejorar esa situación. Como rechazaban el individualismo sostenido por el liberalismo (que apoyaba al capitalismo) se los llamó socialista.
Los primeros socialistas trataron de diseñar un orden social nuevo basado en las ideas de justicia y se los denominó socialistas utópicos. Entre ellos se encuentra Saint Simón que proponía una sociedad sin oposición entre obreros y patrones.
Carlos Fourier que quería reformar la sociedad creando pequeñas comunidades socialistas llamadas falansterios, que tuvieran una organización cooperativa compartiendo todo lo producido.
Roberto Owen, considerado como el fundador del cooperativismo británico e inspirador del sindicalismo obrero, fue un empresario que impuso cambios en su fábrica, construyendo escuelas para trabajadores, reduciendo su jornada de trabajo a 12 horas y prohibiendo el trabajo de menores. Con esto demostró que estas mejoras no interferirían con las ganancias.
El socialismo científico a diferencia del utópico fundamentó sus teorías en un profundo estudio de la sociedad, la economía y la historia. Sus fundadores fueron Carlos Marx y Federico Engels donde redactaron en 1848 el Manifiesto Comunista.
Marx sostiene que la lucha de clases constituye el motor de la historia: cuando existen tensiones sociales se producen revoluciones que dan lugar a periodos históricos más avanzados. Para Marx, la sociedad moderna se basa en la dominación de la burguesía. Esta explotación del obrero permite la acumulación de capital, que favorece el progreso técnico industrial, pero provoca el reemplazo del trabajo del hombre por la máquina y conduce al desempleo, esto provoca la disminución de los salarios y aumenta la miseria. Al mismo tiempo la competencia entre los capitales hace que disminuya el número de los mismos produciendo el fenómeno de concentración de capitales también conocido como monopolio.
A veces se producen crisis de superproducción provocadas por los capitalistas por el deseo de aumentar sus ganancias o por la disminución de la capacidad de compra del mercado.
Neoliberalismo
El liberalismo a ultranza era el que no permitía la intervención del estado en la economía pero tuvo que ceder frente a la crisis de 1929. En ese momento se aceptó la regulación del estado para proteger las industrias nacionales y a los trabajadores, mientras que en Alemania y en Italia se protegían de la crisis con un manto de totalitarismo de derecha, en URSS era de izquierda.
Después de la Segunda Guerra Mundial, con el auge de la guerra fría muchos países dominados por el primer mundo (el capitalista) o el segundo (el comunista) decidieron liberarse proclamándose países no alineados” o del tercer mundo. Adoptaron regimenes no siempre democráticos, pero que en general luchaban por la no dependencia del imperialismo de turno.
Evidentemente esto a los países imperialistas no les convino y sobrevino nuevamente en el mundo una oleada conservadora. Al mismo tiempo, comenzó a caer en bancarrota la URSS quien debió pedir ayuda económica a su enemigo, los EEUU. También cayó en 1989 el Muro de Berlín que dividía la Alemania comunista de la capitalista.
El conservadurismo o neoliberalismo dominante ahora, proclamó que terminaron las ideologías es decir la lucha `por un mundo diferente y que para sobrevivir como país en este mundo había que adaptarse a la economía de mercado o sea a lo que dictaran los grandes grupos económicos.
Según el neoliberalismo los Estados deben abrir sus fronteras a los capitales internacionales y someterse a las reglas de la globalización. Así mismo deben dejar de lado las políticas sociales y achicar el Estado, esto quiere decir la privatización de servicios de salud, educación, transporte, etc.
En América Latina la doctrina neoliberal adoptó rasgos y exageraciones ausentes en la versión de los países industriales, el colmo se esta dando en la Argentina donde se esta privatizando incluso la documentación de los habitantes, ya que esto es una función del Estado.
Estado de Bienestar
Durante la década de 1920 en EEUU y en Europa Occidental se produjo un proceso de gran expansión productiva, crecieron también la publicidad, la industria del cine y automotriz, hubo también consumo masivo de productos de confort como radios, lavarropas y refrigeradores. Este consumo era facilitado por el sistema de venta a crédito.
El crecimiento ocultaba profundas desigualdades, porque produjo una saturación en la producción y por lo tanto un grave desequilibrio entre la producción y el consumo. La crisis estallo en 1929 con la quiebra de la bolsa de Nueva York. Como consecuencia los bancos de EEUU suspendieron los créditos a Europa y la crisis adquirió escala mundial. Hubo hambre y desocupación, por lo que los gobernantes debieron introducir innovaciones con respecto al estado liberal y para superar la crisis los gobiernos Europeos y de los EEUU adjudicaron al estado un rol activo en materia económica y social.
El llamado “Estado de bienestar” también es llamado “Estado asistencial”, donde se ocupa de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a niveles mínimos de ingresos, alimentación, salud, vivienda y educación.
Entro en crisis por diversos motivos, la crisis económica capitalista conocida como crisis del petróleo provoco la caída de la producción del consumo y de las tasas de ganancias de las grandes empresas y el aumento de la pobreza y del a desocupación.
Características del Estado de Derecho
    * Respeto de TODOS los derechos consagrados en la constitución leyes y tratados internacionales.
    * Se garantiza la libertad establecido por la ley; la que debe ser cumplida por TODOS. Existe igualdad ante la ley.
    * Jueces independientes (resuelven conflictos conforme a derecho, sin recibir influencias de los otros poderes.
    * Brinda los instrumentos necesarios para garantizar condiciones de vida digna.
    * Prevalecen los principios constitucionales
    * Los gobernantes son elegidos por el voto popular en elecciones libres. Hay DEMOCRACIA el pueblo es soberano.
Democracia
Podemos definir a la democracia como el gobierno de una mayoría limitada por los derechos de la minoría. Las minorías tienen deben poder expresarse y deben ser respetadas. Una decisión se considera democrática siempre y cuando no afecte el derecho de las minorías.
El primer antecedente de la democracia se remonta a Grecia, en la primera mitad del siglo V a.C. Fue la forma de gobierno que experimentó la polis griega y Atenas, su ejemplo más representativo. Grecia fue así el primer caso de una sociedad que discutió sus leyes y que fue capaz de modificarlas. Esta democracia era directa. Los ciudadanos no votaban representantes para que discutieran por ellos. Ellos mismos participaban en la elaboración de leyes.
Democracia Directa
La democracia directa puede ser considerada una forma de democracia más desarrollada porque en ella los mismos ciudadanos intervienen en las discusiones sobres las decisiones políticas que afectaran sus propias vidas y no delegan esta tarea en ningún representante. Sin embargo, la instauración de una democracia directa requiere varias condiciones que muy raramente se dan de manera conjunta.
Democracia Semidirecta
También denominada democracia representativa. En la democracia representativa, las decisiones políticas son el resultado de deliberaciones llevadas a cabo por personas elegidas por los cuídanos. Estas personas elegidas toman parte en las discusiones sobre la convivencia de que el Estado adopte un determinado curso de acción. Eso significa que, en la democracia representativa, los ciudadanos no participan directamente en las deliberaciones y en las decisiones políticas.
Métodos de participación ciudadana
Referéndum: Es el procedimiento vinculantes y obligatorio por el cual los ciudadanos, mediante el sufragio, se pronuncian por la afirmativa o negativa acerca de un asunto público.
Plebiscito: Es la consulta que se formula al cuerpo electoral para que responda afirmativa o negativamente sobre asuntos de interés fundamental, es de carácter no obligatorio y no vinculante.
Iniciativa Popular: Es la facultad de los ciudadanos de proponer proyectos de ley, modificaciones o derogaciones de leyes existentes. Deben contar con el respaldo de un grupo determinado.
Revocatoria: Es la destitución de los representantes o funcionarios designados por elección popular antes de que cumplan con el mandato para el cual fueron elegidos.
Partes de la Constitución
Preámbulo: Contiene objetivos a cumplir.
Cuerpo: Se divide en dos partes:
Primera Parte (Art. 1 a 43) a su vez dividida en Capítulo Primero y Capítulo Segundo. “Declaraciones, derechos y garantías” y “Nuevos Derechos y Garantías”
Segunda Parte: (Art. 44 a 129) Subdividida en dos títulos: “Gobierno Federal” y “Gobierno de las provincias”
“Gobierno Federal”
§         Sección Primera, del poder Legislativo (Contiene 7 capítulos)
§         Sección Segunda, del poder Ejecutivo (Contiene 4 capítulos)
§         Sección Tercera, del poder Judicial (Contiene 2 capítulos)
§         Sección Cuarta, del Ministerio Público (Órganos Extra poder)
Disposiciones Transitorias (1º a 17º)
El Poder Constituyente
El poder constituyente es la competencia, capacidad o energía para constituir o dar constitución al Estado, es decir para organizarlo, para establecer su estructura jurídico-política. Este poder puede ser originario o derivado. El primero es fundacional cuando un pueblo se da la primera constitución a crear al Estado y no esta sometido a normas jurídicas preexistentes. El segundo se constituye para reformar o enmendar una constitución.
Corriente Constitucional Liberal
    * Todo estado debía tener una constitución formal, generalmente escrita con su supremacía sobre el resto del orden jurídico.
    * Proclamaba la propiedad privada como un derecho inviolable y establecía derechos correlativos, tales como la asociación, trabajo y navegación.
    * Establecía un orden político que favorecía a la burguesía; se restringía la participación política a quienes no pagaban impuestos o no estaban alfabetizados.
    * Adoptó el sistema representativo para el desempeño de os cargos de gobierno. Mandatos libres sin control.
    * Proclamó las libertades individuales vinculadas a la dignidad humana.
    * Reconoció la igualdad ante la ley.
Corriente Constitucional Social
    * Concepto positivo de la libertad, se consideró obligación del Estado hacer efectivas las libertades y los derechos.
    * Concepto sustancial de igualdad. Se amplio el concepto de igualdad ante la ley con la igualdad de oportunidades.
    * Se adoptó el sufragio universal y mecanismos de consulta soberana tales como el plebiscito, referéndum o consejos económico-sociales.
    * Incorporación de los derechos de los trabajadores que deben trabajar activamente en la vida política
    * Función social de la propiedad, debía ser utilizada con sus beneficios a favor de la sociedad.
    * Justicia Social, respeto de la dignidad humana de todos los miembros de la sociedad.
    * Solidaridad, es considerada un deber jurídico antes los miembros más desfavorecidos de la sociedad.
    * El Estado asumió un papel protagónico en la vida económico social.
Corriente Constitucional Contemporánea
    * Profundización de la democracia participativa mediante la incorporación de distintas formas de consulta popular.
    * Incorporación de los tratados internacionales al texto de las constituciones nacionales.
    * Descentralización del Estado, con la correspondiente transferencia de funciones.
    * Órganos extra poder, situados fuera de la esfera de los tres poderes tradicionales.
    * Origen a los llamados derechos de tercera generación, que comienzan a ser contemplados en el derecho constitucional.
¿Cómo Reformar la Constitución?
   1. Es necesario el dictado de una ley para modificar la constitución.
   2. Se toma en cuenta un proyecto de ley generado a partir de una iniciativa, propuesta por el poder legislativo o el poder ejecutivo.
   3. Es necesario el 2/3 de los votos de cada cámara para aprobar la ley de reforma.
   4. Se convoca a elecciones y se eligen constituyentes, los cuales no están obligados a modificarla en caso de no considerarlo.
   5. Reunión la Asamblea Constituyente y jura a la nueva constitución.
Reformas Constitucionales
1860: Buenos Aires se incorpora a la confederación, declaración de los derechos de aduaneros y designación de número de diputados.
1866: Los derechos de aduana pasan al Estado Nacional
1898: Modifica el número de habitantes necesarios para conseguir un diputado.
1949: Se reforma toda la constitución con una corriente socialistas.
1957: Gobierno de facto y militar ratifico y estableció la constitución de 1853 con sus consecuentes reformas. Se agrega el artículo 14 bis.
1994: Durante la presidencia de Carlos Menem, mediante el Pacto de Olivos se establecieron modificación acordadas con Raúl Alfonsin.
El Sistema Representativo
En la democracia representativa el pueblo delega la soberanía en autoridades elegidas de forma periódica mediante elecciones libres. Estas autoridades en teoría deben actuar en representación de los intereses de la ciudadanía que los elige para representarlos.
El sistema representativo tiene sus orígenes hacía algunas décadas en conjunto con reclamos del pueblo. El pueblo tenía como objetivo participar e involucrarse a la hora de tomar decisiones que afecten a todos. Es el caso de la extensión del voto a un sufragio universal, de este modo todos tenían una tarea en la política, votar y elegir a sus representantes. En este sistema las decisiones políticas son el resultado de deliberaciones llevadas a cabo por personas elegidas por los ciudadanos, esto significa que en la democracia representativa los ciudadanos no participan directamente en la toma de decisiones.
El Sistema Republicano
El concepto de república se opone, a la forma injusta de gobierno. Según los criterios actuales, las características que debe tener una forma de gobierno para que sea considerada republicana son las siguientes:
Periodicidad de mandatos: Los funcionarios que estén en el gobierno durante sus mandatos un periodo determinado, fijado por la constitución o por las leyes vigentes.
Soberanía popular: Los ciudadanos, son los que tienen el poder de decisión a través del voto. Por medio del sufragio eligen a sus representantes y pueden incluirse mecanismo de participación tales como “consulta popular” o el “referéndum”
División de poderes: El poder no tiene que estar concentrado en un solo organismo. Por eso se reparten las tareas en tres “poderes” o funciones diferentes, poder legislativo encargado de elaborar leyes, el poder ejecutivo cumple la función de administrar el estado y hacer cumplir las leyes y por último el poder judicial que aplica las leyes para resolver conflictos.
Responsabilidad de los funcionarios: Si los funcionarios no actúan bien pueden ser juzgados por mal cumplimiento de sus funciones. Al fin de asegurar a los habitantes su libertad y evitar abusos de los funcionarios existe controles al poder político, ya sea el ejercido por los mismos poderes entre sí o por órganos específicos para realizar controles.
Publicidad de los actos de gobierno: El pueblo debe ayudar a controlar la labor del gobierno, pero solo puede hacerlo si conoces lo que esta sucediendo en el mismo. Es por eso que a la prensa se la denomina como el “cuarto poder”: el pueblo, cuando sabe que no se esta gobernando bien, reacciona por medio de marchas o huelgas. Los distintos poderes tiene la obligación de informar lo que sucede en el gobierno mediante distintas publicaciones ya sea desde un Boletín oficial, Diarios de sesiones o a través de la Ley.
El Sistema Federal
La forma de Estado federal surge cuando existen varios centros de poderes (Estados o Provincias) que se coordinan entre sí, dándose un gobierno central sin perder su autonomía. Forman un Estado único porque al estar en el mismo Estado, se suprimen las aduanas aduaneras. Por otro lado se eliminan las fronteras militares y los ejércitos de las distintas provincias, perdiendo las relaciones entre las mismas el carácter violento que podían tener antes.
El federalismo se contrapone al unitarismo porque en esté no existe ningún centro autónomo de poder fuera del gobierno centra. La autoridad del Poder Ejecutivo se extiende por sobre todo el territorio y solo existe una constitución.
Nuestras provincias para no ser intervenidas por el gobierno federal deben cumplir ciertos requisitos, su gobierno debe representativo y republicano. Por otro lado tiene que dictarse una constitución que este de acuerdo con los principios de la constitución nacional, para organizarse en municipios, establecer una justicia provincial y ocuparse de la educación primaria. Son Autónomos pero no independientes.
División de Poderes
La mayoría de las democracias liberales se organizaron a partir de la sanción de constituciones escritas. Estas se encargan de organizar las estructuras y funciones del gobierno a través de la división de poderes. Esta división fue pensada como un sistema de contrapesos en el ejercicio del poder para impedir su concentración y evitar arbitrariedades.
Dentro de las democracias liberales se pueden distinguir los regimenes parlamentarios de las presidencialistas. En el primero de los casos, la designación del poder ejecutivo queda en manos del parlamento, que es el órgano elegido por el voto popular.
En el régimen presidencialista el poder ejecutivo es elegido directamente por el voto popular, por lo que no debe su autoridad al parlamento si no a quienes fueron sus electores. En este caso la oposición esta representada en el parlamento que constituye un poder independiente del ejecutivo.
La ciudadanía ha desarrollado a lo largo del tiempo diferentes estrategias de participación con el fin de peticionar a las autoridades antes lo que pueden considerar una violación de sus derechos.
El poder judicial es quien tiene la obligación de controlar las acciones de los otros poderes del Estado y determinar si cumplen con una ley o no. En caso de que no la cumpla, deberán actuar para castigar a quienes la infringieron.
Poder Legislativo
El poder legislativo cumple la función de hacer las leyes. Este poder presenta un sistema bicameral. La primera cámara compuesta por diputados y la segunda compuesta por senadores.
La cámara de diputados es elegida directamente por el pueblo y el número de diputados, según fija la constitución es de uno por cada 33 mil habitantes. Para ser diputado hay que tener 25 años, cuatro años de ciudadanía en ejercicio, haber nacido en la provincia que lo elija o dos años de residencia en ella. Duran 4 años en sus funciones y se renuevan por la mitad cada dos años. Solo ingresan por la cámara baja proyectos ingresados por ciudadanos, proyectos que se someterán a consulta popular, proyectos sobre impuestos y sobre reclutamiento de tropas.
La cámara alta, esta compuesta por tres senadores por cada provincia y por la ciudad de Buenos Aires. Corresponden dos al partido político que obtuvo más votos en las elecciones y uno a la primera minoría, los cuales suman un total de 72 senadores. Son elegidos directamente por la ciudadanía (a partir de la reforma de 1994) durante seis años en sus cargos y son reelegibles. El senado se renueva a razón de un tercio distritos electorales cada dos años. Para ser senador se requiere tener 30 años, seis años de ciudadano y ser natural de la provincia que lo elija o dos años de residencia en esa provincia. El senado es presidido por el vicepresidente de la república. Este tiene voz pero no voto, solo interviene con su voto en caso de empate entre dos posiciones antagónicas. Solo ingresa por el senado proyectos de ley sobre coparticipación federal, proyectos de ley vinculados con el artículo 75 inciso 19 de la constitución.
Poder Ejecutivo
El poder ejecutivo es un órgano unipersonal cuyo titular es el presidente de la república, el presidente es el motor principal del funcionamiento del estado y aquel que concentra el liderazgo político.
El presidente es el jefe supremo de la nación el o ella administra el país y es el jefe de las fuerzas armadas. Es la cabeza del Estado: representa al estado, define las políticas, dirige y conduce el país. Pero también es un ejecutor pone en marcha las decisiones adoptadas por el parlamento o por el poder judicial o por él mismo. Así promulga las leyes; indulta o conmuta las penas; nombra y remueve embajadores; inaugura las sesiones del congreso; supervisa la recaudación de impuestos a cargo del jefe de gabinete; requiere informas al jefe de gabinete y a los ministros; firma tratados; etc.
Para ser presidente, la constitución exige haber nacido en territorio argentino o habiendo nacido en otro país ser hijo de ciudadano nativo y los demás requisitos para ser senador. El mandato dura cuatro años pudiendo ser reelecto tan solo por un periodo consecutivo. El presidente elegido directamente por la ciudadanía en doble vuelta. Se establece una segunda vuelta, segunda elección o ballotage para el caso de que la formula mas votada no haya logrado suficiente apoyo de la ciudadanía.
Poder Judicial
El poder judicial es el órgano al que la constitución ha encomendado la función de administrar la justicia. Esto significa encausar y resolver los conflictos, determinar quien tiene razón, sancionar a quien violó una norma. Existen jurisdicciones especiales, esto es tribunales que resuelven cuestiones muy específicas (como los tribunales administrativos que intervienen con la administración pública, o los tribunales militares que juzgan a los militares que cometieron actos que atentan contra las fuerzas armadas)
Según lo establece la constitución la administración corresponde a la corte suprema y una seria de tribunales inferiores. La corte suprema es la cabeza del poder judicial. Para integrar esta corte hay que ser abogado contar con 8 años de ejercicio de la profesión como tal o en el poder judicial y las demás cualidades requeridas para ser senador. Los jueces de la corte son designados por el poder ejecutivo y con acuerdo del senado; y removidos a través de un proceso denominado juicio político.
Órganos Extra poder
Vicepresidente
Artículo 88.- En caso de enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el vicepresidente de la Nación. En caso de destitución, muerte, dimisión o inhabilidad del Presidente y vicepresidente de la Nación, el Congreso determinará qué funcionario público ha de desempeñar la Presidencia, hasta que haya cesado la causa de inhabilidad o un nuevo Presidente sea electo
Jefe de Ministerio
Artículo 100.- El jefe de gabinete de ministros y los demás ministros secretarios cuyo número y competencia será establecida por una ley especial, tendrá a su cargo el despacho de los negocios de la Nación, y refrendarán y legalizarán los actos del Presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia.
El defensor del pueblo
Artículo 86.- El Defensor del Pueblo es un órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta
Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
La auditoria de la Nación
Artículo 85.- Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoria de toda la actividad de la Administración Pública centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, y las demás funciones que la ley le otorgue. Intervendrá necesariamente en el trámite de aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.
Consejo de la Magistratura
Artículo 114.- El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada
Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.
Serán sus atribuciones:
1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores.
2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.
3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia.
4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.
5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.
6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.
Características de los Derechos Humanos
Universales: Estos derechos se les reconocen a todos los seres humanos y sólo por la razón de ser seres humanos. A nadie se le puede negar la posesión de estos derechos.
Innatos: Sin inherentes a todo ser humano desde el comienzo de su vida. Toda persona tiene atributos inviolables. Los derechos son superior a cualquier organismo del Estado sea cual fuese su organización política.
Irrenunciables: Esto significa que ningún ser humano puede válidamente renunciar a ellos, ni permitir que un Estado, comunidad o sociedad no los respete.
Imprescriptibles: No se pierden en el transcurso de la vida o por su no ejercicio.
Indivisibles: Los derechos humanos dependen unos de otros, se complementan y son interdependientes.
Supranacionalidad de los Derechos Humanos
El proceso de institucionalización de los derechos humanos, adquiere forma a través de la acción de organismos supranacionales. Los Estados que forman parte de estos organismos llegan a consensos que se traducen en convenciones, pactos y tratados y los Estados firmantes se comprometen a cumplir con lo acordado. La violaciones a las convenciones de derechos humanos generan la responsabilidad internacional de los Estados ratificantes. Si el Estado no se ocupa de juzgar como corresponde a los responsables, entonces deben ser juzgados por la corte penal internacional que sea competente.
Derechos de Primera Generación
Se enmarcan en las libertades públicas del llamado Estado liberal de derecho. La Libertad y la lucha de los seres humanos por procurársela es el valor fundante de estos derechos. Los derechos de primera generación abarcan las garantías de la libertad, entendiendo por libertad la posibilidad de hacer todo aquello que las personas quieran, con una sola limitación: que no esté prohibido por las leyes. El Estado no interviene en estos derechos siempre y cuando las personas portadoras no violen con sus actos normas o leyes. El Estado intervendrá en el caso que alguno de estos derechos sea violado.
En cuanto al contendido de estos derechos debe decirse que son básicamente los derechos civiles y políticos. Los primeros pueden ser entendidos como las facultades que los individuos tienen por ser tales y que les permite desenvolverse en la convivencia social Ej. : Educarse, comerciar, pensar, expresarse libremente, reunirse y asociarse, etc. Los segundos pueden ser definidos como las potestades que tienen los ciudadanos y que les permiten participar en la vida política del país Ej.: Votar, proponerse como candidatos, ser electos, etc.
Derechos de Segunda Generación
Los movimientos socialistas y comunistas y también algunos sectores del clero iniciaron la lucha por transformar la igualdad ante la ley en una real igualdad de oportunidades. En este contexto el Estado intervino en el campo laboral, para mejorar las condiciones, dignificar el trabajo y al trabajador. La solidaridad es el valor que motoriza la consagración de esta segunda generación de derechos humanos: los llamados derechos sociales, económicos y culturales. Son concebidos como derechos de prestación, puesto que requieren medidas concretas por parte del Estado para hacerlos efectivos. Ej.: trabajo digno protegido por las leyes; a una jornada limitada; a descanso y vacaciones pagos; un salario justo etc.
La solidaridad se agrega, entonces a la libertad que motivara la primera generación de derechos, a fin de extender los beneficios, de la libertad a los sectores sociales más débiles y promover de esta manera una igualdad real y concreta.
Derechos Humanos de Tercera Generación
La crisis del Estado de Bienestar, basada en la incapacidad del Estado en dar respuesta a las demandas sociales fue el campo propicio para la aparición de nuevos derechos humaos, llamados también derechos de incidencia colectiva.
Ya no solo el individuo o sectores sociales excluidos son los que reclaman. La sociedad entera se ha convertido en protagonista en la defensa de los derechos humanos. El rol de Estado sobre estos derechos se encuentra en permanente discusión por un lado se cree que hay que minimizar su función y por el otro lado se cree que el Estado es esencial a la hora de hacer cumplir estos derechos.
La paz es el valor fundante de esta tercera generación de derechos. La paz aparece como búsqueda de armonía y como el valor acerca de cuya efectividad consenso y compromiso social. Sin paz no es posible gozar de ningún derecho, sea de primera, segunda o tercera generación. La paz se transforma, así, en el derecho de síntesis de las distintas generaciones de derechos humanos.
Organización de las Naciones Unidas
En 1945, se creó la Organización de las Naciones Unidas (ONU), un organismo internacional cuyo objetivo es el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. En el año de su creación, el documento que dio origen a la organización fue firmado por cincuenta Estados.
La carta constitutiva de la Organización expresa que los derechos humanos se encuentran íntimamente vinculados a la paz y la seguridad internacionales, entendidas como una de las tantas medidas para preservar la vida humana.
La carta establece dos obligaciones en materia de derechos humanos.
  • La obligación de la Organización de promover el respeto universal y efectivo de los derechos humanos, sin discriminación
  • La obligación de los Estados de tomar medidas, tanto conjunta como separadamente, en cooperación con la Organización para el respeto universal y efectivo de los derechos humanos, sin discriminación.
Sistema de Garantías Constitucionales
Las garantías constitucionales son los mecanismos que protegen los derechos de las personas o permiten restablecerlos cuando son violados. Las garantías brindan pues un marco de seguridad a las personas. Este sistema comprende el principio de separación de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial de modo tal de prevenir la tiranía y evitar la concentración de poder. Por otro lado el sistema cuanta con el control de los poderes públicos, la organización institucional, la protección de los derechos entre sí y contra los abusos de los poderes públicos. Esta parte del sistema es liderada generalmente por funcionarios pertenecientes a la oposición del gobierno de turno.
Dentro de la totalidad de garantías se destacan algunas en orden de importancia:
    * Seguridad individual.
    * Garantías jurídicas (el amparo y el hábeas corpus)
    * Igualdad
    * Principio de legalidad y razonabilidad.
Mecanismos de Exigibilidad
Existen distintos mecanismos y medios para exigir al Estado que cumpla con su rol de garantizar los derechos humanos. Estos mecanismos pueden clasificarse en dos grandes grupos.
  • Mecanismos político-sociales, negociación, la movilización masiva de personas que se vean identificadas con el conflicto, articulación y difusión de la información.
  • Mecanismos legales que comprenden las acciones de carácter judicial ante tribunales nacionales o internacionales. Por otro lado se puede tomar acciones a través de las garantías referidas a derechos humanos. O bien se esta la posibilidad de plantear “el no cumplimiento de un derecho” a instituciones de menor nivel.
Garantías de Fondo
  • Principio de legalidad: Nadie puede ser juzgado de un delito no definido por una ley o condena específica.
  • Principio de reserva: Todo lo que realice un individuo en su privacidad que no afecte a terceros, queda reservado a Dios.
  • Principio de razonabilidad: Permite restringir los derechos, pero sin desnaturalizarlos.
Garantías de Forma
    * Irretroactividad: Nadie puede ser acusado por un delito que no existía en el momento que cometió el hecho.
    * Juez natural: Toda persona debe ser juzgada por el juez competente común a cualquier acusado.
    * Juicio público y jueces imparciales.
    * Nadie puede ser detenido sin orden de juez competente.
    * Presunción de inocencia: Uno inocente hasta que se demuestre lo contrario.
    * Derecho de defensa en juicio: Contar con la posibilidad de defenderse con asistencia letrada.
    * Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo
    * Nadie debe ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Garantías Específicas
    * Amparo.
    * Hábeas corpus.
    * Hábeas data.
Amparo
Es la acción más rápida del sistema legal para reclamar por la violación o la amenaza a un derecho o garantía. Se utiliza en caso de necesitar una solución urgente o si no se obtuvo una respuesta ante la presentación de un recurso administrativo. Presenta las siguientes características.
§ Se puede presentar contra el Estado o un particular.
§ Se puede presentar ante una acción, ya sea una violación o un amenaza, o ante una omisión, cuando el demandando no cumplió con una obligación.
§ Se requiere para su presentación un abogado, por medio escrito y luego de poco tiempo sucedido.
§ Requiere la no existencia de una acción más idónea.
§ Puede ser impuesto por el afectado o terceros ya sea instituciones o el defensor del pueblo.
Hábeas Corpus
Es la garantía que protege la libertad física, cuando se produce una violación actual o inminente. Puede ser interpuesto por el afectado o por cualquier persona a su favor. También puede ser interpuesto en caso de agravar las condiciones de detención o por la desaparición forzada de personas. Esta garantía no puede ser suspendida y debe ser resuelta rápidamente.
Hábeas Data
Esta garantía es aplicable en caso de que un organismo estatal o una empresa privada difundan o divulguen datos privados de una persona sin autorización previa. Como determina el artículo 43 de la Constitución esta garantía se aplicará en caso de difundir información privada, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión rectificación, confidencialidad o actualización. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.
Sistemas Internacionales de Protección
Los sistemas de protección de los derechos humanos comprenden las instancias internacionales de control competentes para evaluar el respecto de las obligaciones asumidas por los Estados en la materia. Estos mecanismos poseen tres modalidades. Sistema de informes periódicos, un sistema de denuncias y un sistema judicial. Estos sistemas se utilizan como vías de reclamos ante la violación de algún derecho humano. La toma de decisiones sobre estos casos se determina a partir de dos sistemas ya sea el sistema universal a cargo de las Naciones Unidas o un sistema regional a cargo de tribunales distribuidos por continente. Los tribunales son los encargados de juzgar y resolver casos que no han podido ser resuelto en sus países de orígenes. Es decir si en un país no se otorga una solución o respuesta que satisfaga al demandador, se apelará a una cámara superior encargada de dictaminar la sentencia.
Sistema Universal
El sistema universal esta a cargo de las Naciones Unidas y engloba varias instancias y cumple diversas funciones. La Carta de la Organización distribuye entre sus órganos las competencias respecto de los derechos humanos.
Se destacan: Asamblea General, Tercera Comisión, Consejo Económico y Social. Estos órganos dependen de la Comisión de Derechos Humanos y el Alto Comisionado para los Derechos Humanos. A su vez existen comités que fueron establecidos por las Convenciones y son el centro a la hora de firmar tratados en esta materia.
Sistemas Regionales
Engloba los tres sistemas. Sistema europeo, fue establecido en el marco del Consejo de Europa. Esta compuesto por una comisión una corte y un comité encargados de recibir las acciones presentadas por particulares y por Estados.
Sistema americano, se desarrolló en el marco de la Organización de Estados Americanos. Su fuente principal es la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Sólo los Estados o la Comisión pueden iniciar una causa ante la Corte.
Sistema africano, se desarrolló en el marco de la Organización de la Unidad Africana. Se fundó en la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Este sistema se caracteriza por la consagración de los derechos humanos de los pueblos. Corresponde a una concepción social africana donde el individuo es inconcebible como ser singular.
Derechos Humanos ante las Naciones Unidas
Los tratados de Derechos Humanos en el marco de las Naciones Unidas establecen, en general, un órgano encargado de controlar que el pacto de que se trate sea respetado en forma práctica. Este órgano denominado comité se integra por personas expertas propuestas por los Estados parte pero que no representan ningún país.
Existen diversos mecanismos de control para verificar si se cumplen los tratados de derechos humanos o si, por el contrario, se violaron los derechos fundamentales. En primer término se encuentra el sistema de informes periódicos. Los Estados deben presentar un informe periódicamente determinando su orden jurídico se contrapone o no a los compromisos asumidos en el orden internacional, en materia de derechos humanos. Por otro lado aportan información estadística y ejemplos en concreto acerca de la situación real. Este sistema actúa como un instrumento de prevención ya que permite conoce las vallas que existen en el Estado y contribuye a diseñas políticas tendientes a eliminarlas.
En segundo lugar, se encuentra el sistema de peticiones o denuncias. Las peticiones se formulan ante el órgano de control previsto para el pacto de derechos humanos de que se trate. Se requiere que los Estados presten consentimiento para que puedan iniciarse y tramitarse peticiones ante el órgano de control. Se exige además que se agoten las vías internas de reclamos en el Estado en cuestión. En el caso de Argentina, superar la instancia de la Corte Suprema de la Nación.
Conceptos de Discriminación
El concepto de discriminación ha evolucionado con el paso del tiempo. En la antigüedad las personas no eran consideradas todas iguales. Las leyes daban tratos muy variados a los individuos, de acuerdo con las condiciones de nacimiento género, la etnia a la que pertenecían, su nacionalidad, las capacidades físicas y mentales que poseían, su religión y sus opiniones políticas. Por ejemplo, en la Grecia Clásica, los esclavos y extranjeros no podían poseer propiedades, participar del gobierno ni manifestarse públicamente. Con el paso del tiempo, la servidumbre, la esclavitud, la nobleza hereditaria y todos los tratamientos desiguales fueron abolidos. Sin embargo, las desigualdades persisten. Actualmente se define la discriminación como la exclusión de la misma o la restricción del goce de alguno de sus derechos.
El concepto de no discriminación se basa en la idea de que todas las personas comparten la misma condición de humanidad, la misma aspiración a ser felices. No hay personas mejores que otras, cada una tiene características propias y una forma de vida que conforma su identidad.
Prejuicio y Estereotipo
Un prejuicio, como su nombre lo indica, es un “juicio previo”, una opinión que se emite por anticipado, sin conocimiento, reflexión o fundamento. Muchos prejuicios se repiten de manera tan sistemática que la sociedad o ciertos sectores de ella terminan considerándolos verdaderos.
Un estereotipo es una generalización de los rasgos típicos, como el aspecto físico, la mentalidad, o el comportamiento, que supuestamente caracterizan a un grupo de personas. Ese conjunto de rasgos considerados “típicos” restringe y deforma la realidad.
Tipos de discriminación
Las prácticas y los actos discriminatorios adoptan distintas formas:
Discriminación institucionalizada: Cuando proviene de políticas estatales o doctrinas oficiales del Estado.
Discriminación Difusa: Se entiende por aquella discriminación cuando la política del Estado está basada en la proclamación de igualdad entre todos los hombres.
Discriminación de Derecho: Cuando la discriminación proviene directamente de una ley, decreto u otra norma, o se produce la aplicación de dicha norma.
Discriminación de hecho: Cuando algunos sectores sociales identificables sufren sucesivos maltratos o enfrentan serias dificultades para ejercer sus derechos.
Discriminación positiva o inversa: Se denomina así a las preferencias que favorecen a determinados grupos históricamente discriminados, como los cupos femeninos en los cargos públicos.
Formas Extremas de Discriminación
Los prejuicios socio-históricos en virtud del origen racial o étnico de determinados grupos favorecen que las personas pertenecientes a esos grupos sean objeto de discriminación, tanto por parte del Estado como de los particulares. Este tipo de práctica, denominada “racista” o “xenófoba” se manifiesta de cientos de maneras ya sea desde agresiones físicas o verbales hasta las detenciones arbitrarias.
La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, adopta en las Naciones Unidas, aspira a erradicar las prácticas y prejuicios discriminatorios por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico.
Grupos vulnerables socialmente
Todas las personas deben gozar de los derechos en condiciones de igualdad. En la sociedad existen grupos que se encuentran en una situación más desventajosa que otras debido a una serie de factores que se los impiden, ya sea una discapacidad o su condición económica. El Estado esta exigido mediante unos tratados, al cumplimiento de deberes específicos con el objetivo de compensar las desigualdades dentro de la sociedad.
Los niños
Los niños deben ser objeto de protección especial por parte del Estado. Los niños son considerados vulnerables socialmente, porque su condición les impide desenvolverse en el mundo con la madurez y experiencia de un adulto.
La convención sobre los Derechos del Niño estableció que los Estados deben adoptar medidas para asegurar que los niños estén protegidos contra toda forma de discriminación.
Mujeres
Muchas mujeres encuentran mayores dificultades que los varones para disfrutar de sus derechos. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la mujer tiene como objetivo principal eliminar todas las manifestaciones de discriminación contra la mujer y garantizar el principio de igualdad entre varones y mujeres. Existen comités en los distintos continentes que controlan que este tratado se haga efectivo en el ámbito interno de cada Estado.
Personas con VIH/SIDA
Las personas que viven con VIH/SIDA sufren diversos tipos de discriminación. El pacto de Directrices Internacionales sobre VIH/SIDA y los Derechos Humanos, solicita a los gobiernos que realicen acciones concretas para enfrentar a los gobiernos que realicen acciones concretas para enfrentar los problemas de las personas que viven con VIH/SIDA, sobre todo en relación con los Derechos Humanos.
Pueblos Indígenas
Diversas comunidades indígenas y sus miembros son víctimas de la discriminación en virtud de su condición de indígenas. Reciben actos xenófobos y racistas por parte de miembros de las fuerzas de seguridad, como la policía y el ejército. El principal problema que enfrentan estas comunidades indígenas en la actualidad es la enorme dificultad que encuentran para que los derechos que detentan se hagan efectivos.
Los Migrantes
Las personas que emigran a otros países suelen sufrir numerosas violaciones de sus derechos. El tratado originado en La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares propone proteger a las personas que vayan a realizar o realicen actividades remuneradas en países de los que no son nacionales.
Los trabajadores migrantes y sus familiares tienen los mismos derechos humanos que las demás personas. Sin embargo, se les reconocen algunos derechos específicos de acuerdo con su condición.
Personas con Discapacidad
La discapacidad es la restricción o ausencia de capacidad para desenvolverse en la vida cotidiana. Las personas discapacitadas son a menudo objeto de discriminaciones tanto activas como pasivas. La discriminación activa se da cuando las leyes o el ordenamiento jurídico brindan un trato desigual a lo que es igual. Por otro lado la discriminación pasiva se manifiesta por la ausencia de normas, acciones o actitudes que aseguren un trato diferente a lo que es diferente.
Personas de la Tercera Edad
Las sociedades contemporáneas suelen otorgar un valor desmesurado a la juventud. Algunos Estados no poseen políticas destinadas a brindar una atención especial a los ancianos. Del mismo modo que el racismo o el sexismo, la gerontofobia o temor irracional hacia los ancianos y la vejez implica discriminar a un grupo con respecto al resto de los humanos.
Obligaciones del Estado con relación a la no discriminación
En relación a la no discriminación, los Estados tiene las siguientes obligaciones:
Respeto: No violar el derecho a no ser discriminado y abstenerse de realizar acciones que directa o indirectamente creen situaciones discriminatorias.
Protección de la discriminación: Evitar que los particulares discriminen a otros en el ejercicio de sus derechos.
Garantía: Asegurar que todas las personas puedan ejercer sus derechos sin discriminación, adoptando medidas concretas.
Existen tambíen numerosos programas destinados a mejorar la vida de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.



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